La subida constante del precio del combustible, especialmente en las últimas semanas, comienza a generar consecuencias importantes para nuestro sector.
Según el Real Decreto-Ley 3/2022 de 1 de marzo, aprobado por el Consejo de Ministros, establece como obligatoria la revisión del precio del transporte como consecuencia de la variación del precio del combustible, entre el momento de la contratación y el de la efectiva realización del servicio.
Para calcular la variación del precio de gasóleo, se tendrá en cuenta, como inicial, el precio medio a diciembre de 2021 y, como final, el precio medio al mes anterior al del porte.
Acogiéndonos al Artículo 38 (Revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible) de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre (del contrato de transporte terrestre de mercancías, publicada en el BOE núm. 273, de 12 de noviembre de 2009).